En el año 2013 la
Audiencia Nacional tumba la Doctrina Parot que permite la
excarcelación de etarras provocando un mal estar en las familias de
las víctimas.
El Tribunal de
Estrasburgo declaró tras un comunicado que los presos etarras iban
a ser excarcelados y mantiene que la interpretación sobre
beneficios penitenciarios vulnera el Convenio Europeo de Derechos
Humanos
El tribunal ordeno que
se le donasen 30.000€ y un puesto de trabajo a cada uno de ellos.
Hace menos de dos
semanas los etarras dieron una rueda de prensa donde dijeron que
dejarían las armas y la violencia; un periodista tuvo el valor de
decirle las siguientes preguntas:
"¿Qué
habéis ganado matando? Lo mínimo es pedir perdón" después de
decir esas preguntas miembros etarras expulsan de la sala de prensa
al periodista.
La doctrina Parot es el nombre habitual con el que se conoce la jurisprudencia establecida a partir de la sentencia del Tribunal Supremo de España del 28 de febrero de 2006(resolución a un recurso presentado por Henri Parot, miembro de la organización terrorista ETA) por la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios,...) se aplica respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión que, según el ya derogado Código Penal de 1973, es de 30 años.
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